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Venezuela: una ley punitiva
Andrés Cañizález
El 7 de diciembre de 2004, el presidente venezolano Hugo Chávez dio el ejecútese oficial a la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (LRSRTV), tras su aprobación en el seno de la Asamblea Nacional, exclusivamente, con los votos de los legisladores progubernamentales. La existencia en sí de una legislación, evidentemente, no es contraria a los principios del derecho a la libertad de expresión e información, pues la promulgación de un instrumento legal puede resultar beneficiosa para los diferentes sectores involucrados al dejar claramente delimitados deberes y derechos. Esta posición de principios, a favor de una legislación que regule a los medios, sin embargo no nos coloca entre los defensores de la reciente ley promulgada en Venezuela. En primer lugar, nuestros señalamientos críticos a la LRSRTV apuntan a tres hechos que nos parecen los más preocupantes.
Se trata de una ley concebida como una retaliación política contra los medios privados. En la agudización de la crisis política venezolana, a partir de diciembre de 2001 y de forma especial en los puntos más álgidos de dicho proceso, se hizo evidente una alineación política de los más emblemáticos medios con los sectores opositores al presidente Chávez. En abril de 2002 silenciaron aspectos cruciales del golpe de Estado, en diciembre de ese año le donaron todos sus espacios publicitarios a la oposición durante dos meses en el marco de una paralización, mientras que a lo largo de los meses construyeron una agenda complaciente con la llamada Coordinadora Democrática y, prácticamente, invisibilizaron a los factores progubernamentales.
Sin embargo, la crítica a este pobre papel del sector mediático y el objetivo de tener mejores medios no puede tener como respuesta la elaboración de una ley altamente punitiva, administrada por órganos de un poder ejecutivo que cotidianamente enjuicia a los medios, y teniendo una frontera discrecional muy tenue para la aplicación de sanciones. Adicionalmente, desde que comenzó a diseñarse la ley, más de dos años antes de su aprobación definitiva, el discurso del presidente Chávez y de otros altos funcionarios ha insistido en que con esta ley se podrá castigar a los medios golpistas, llegando incluso a amenazar con la sanción más severa: el cierre.
Las 78 sanciones posibles
La LRSRTV es claramente punitiva, tiene 78 sanciones posibles. En contraste, en este texto legal no quedan establecidos derechos de los prestadores de servicios, solo se les asignan responsabilidades. Es un instrumento punitivo, se busca castigar a unos medios que ya el discurso oficial ha condenado sistemáticamente. En la última versión preliminar existían 47 sanciones, y ya diversas voces habían pedido que se revisara, pero la mayoría legislativa pro-Chávez actuó en un sentido contrario y aumentó el número de castigos.
Por otra parte, la aplicación de la ley estará en manos de órganos dependientes del poder ejecutivo. Esto, en cualquier contexto resultaría preocupante, pero lo es más en el venezolano debido a la excesiva polarización del debate político (que arropa también a los medios), a lo que se suma la ausencia de fronteras claras en la ley para determinar causales de sanciones en materia de violencia o sexo, por ejemplo, por lo que existirá una discrecionalidad en su aplicación. Este poder del ejecutivo también comprende la posibilidad de un mecanismo de censura previa, pues se podrá ordenar la suspensión “en cualquier horario” de mensajes con temas altamente sensibles en el contexto de una sociedad que vive una conflictividad política, como son aquellos que promuevan o hagan apología de la guerra o del delito, o inciten a alteraciones del orden público, o sean contrarios a la seguridad de la nación.
Consideraciones políticas
Caben, de forma evidente por el contexto venezolano, algunas consideraciones de orden político. El proyecto de esta ley, que se conoció popularmente como Ley de Contenidos, fue utilizado como instrumento en la confrontación política de Venezuela. De forma reiterada, en los dos últimos años, voceros del ejecutivo y de la bancada progubernamental en la Asamblea Nacional venían anunciando que los medios tendrían que ajustarse al inminente instrumento legislativo, incluso en alguna ocasión, en enero de 2003, el presidente Chávez claramente asentó que una ley como ésta podría ser el resguardo legal para actuar, sancionar e incluso cerrar medios de comunicación. Este discurso, unido a la palpable polarización sociopolítica (que ha tenido un correlato mediático), reviste a este proyecto de ley de características muy particulares y, por tanto, su aprobación entra a formar parte de la confrontación política venezolana.
Uno de los argumentos esgrimidos con mayor frecuencia, especialmente por voceros de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), es que esta ley persigue la protección de la infancia y adolescencia, con contenidos y horarios adecuados. Sobre esta materia, sin embargo, existe jurisprudencia en Venezuela, pues la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), entre sus artículos 67 y 79, establece una serie de parámetros. La existencia de este instrumento y su falta de aplicación nos previene de lo que puede suceder con la LRSRTV, en el sentido de que termine siendo letra muerta. Cabe preguntarse, por qué si el ejecutivo está tan interesado en salvaguardar a la población infantil y juvenil no aplica la
LOPNA.
Freno a la desviación política
Del discurso oficial se puede extraer la conclusión de que con esta ley se intenta poner freno a la desviación política que han tenido significativos medios del país. El rol político de los medios es asunto de una vasta e inconclusa discusión, sin embargo, asumiendo como válida la tesis de que esta parcialización mediática es un problema, se trata sin duda de un problema de carácter político, que ninguna ley en sí misma podrá solventar. El acuerdo logrado a favor de un equilibrio informativo, en las semanas previas al referéndum revocatorio del 15 de agosto de 2004 (y otro similar de cara al proceso de recolección de firmas en noviembre de 2003), nos habla de la posibilidad de que se lleguen a acuerdos fundamentalmente políticos entre el alto gobierno y los principales medios del país, en aras de una programación de calidad y una cobertura periodística menos sesgada.
La responsabilidad del gobierno, en especial del Ministerio de Información y Comunicación, pasa por tender los puentes que faciliten tal diálogo. Por otro lado, en manos del ejecutivo también está la obligación (por ser un ente estatal y por tanto con responsabilidad con todos los ciudadanos) de ofrecer en la radio y la televisión públicas igualmente una televisión de calidad y una cobertura periodística equilibrada. El gobierno, en una coyuntura como la que ha venido atravesando Venezuela, podría propiciar un círculo virtuoso, por la vía del ejemplo de que es posible ofrecer alternativas comunicacionales, saliéndose de la parcialización y la ausencia de calidad, que igualmente ha caracterizado a los medios del Estado.
Como hemos dicho, la existencia de una ley que regule al universo mediático en sí misma no es contraria a los principios del derecho a la libertad de expresión e información. Al contrario, la existencia de una ley podría constituirse en un instrumento importante para establecer derechos y responsabilidades, límites y garantías, especialmente en un contexto como el venezolano, en el cual este derecho ha estado en el centro mismo del conflicto político, viéndose en mayor medida afectados los derechos de los ciudadanos.
Para analizar los contenidos de los medios radioeléctricos del país, el proyecto de LRSRTV establece una serie de categorías en materia de lenguaje, salud, sexo y violencia. Estas categorías podrían prestarse a evaluaciones subjetivas por parte del órgano que aplicará la ley. En materia de sexo, por ejemplo, resulta extremadamente difícil establecer (al menos desde mi punto de vista) las fronteras entre lo sensual, lo erótico y lo explícitamente sexual.
Entidades castigadoras
La evaluación de estas fronteras, las cuales conllevan sanciones importantes, estará en manos de entidades, en las cuales el peso determinante lo tiene la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), cuyo director a su vez está adscrito al Ministerio de Infraestructura. En una versión anterior de la ley, conocida en 2003, no existía tal figura y la responsabilidad de velar por el cumplimiento de la ley recaía en un órgano creado especialmente.
Los medios de comunicación, de radio y televisión, que son regulados a través de esta ley, solo tienen potestad de participación, mínima, en un Consejo de Responsabilidad Social, básicamente consultivo.
Entre las atribuciones que emanan de la ley, y que desde nuestra perspectiva resultan preocupantes, es cuando se hace mención de las “medidas cautelares”. La ejecución de tales medidas podría significar la implantación de un mecanismo de censura previa, porque se le puede ordenar, de forma anticipada, a un medio de comunicación que se abstenga de emitir un programa, promoción o publicidad, si se presume que su contenido promueve o incita a la guerra; promueve o incita a alteraciones del orden público; promueve o incita al delito; sea contrario a la seguridad nacional o sea anónimo. Se podrá actuar por iniciativa propia o por petición de alguien.
¿Ley inaplicable?
En un país como Venezuela, en donde existen más de 40 canales de televisión comerciales, más de 350 emisoras de radio comerciales, y más de 140 medios (radio y televisión, aunque fundamentalmente radio) de carácter comunitario, una ley de esta naturaleza luce sencillamente inaplicable. De acuerdo con funcionarios de CONATEL, este cuerpo no montará un servicio de monitoreo de medios, sino que esperan la activación de una veeduría ciudadana. En el contexto en el que estamos, en medio de una polarización social aguda, es lógico pensar que la ley básicamente será aplicada a los medios más visibles del país, que a su vez son los medios privados que más claramente han sido contrarios al gobierno. Por tanto, se podría utilizar la ley como una arma para amedrentar y amenazar solamente a los más simbólicos opositores.
La LRSRTV también establece una clara intervención en los procesos de producción de los medios. Si bien es positivo promover y defender la producción nacional en radio y televisión, el texto legal establece innumerables condiciones para ser catalogado de productor independiente, cuyas producciones, de forma obligante, los medios deben colocar en la mayor parte de la programación. Aunque se puede coincidir con muchas críticas a los productos mediáticos venezolanos, una intervención estatal tan directa no puede ser la solución, y menos aún en el marco de una sociedad polarizada.
Voces a favor
La LRSRTV ha estado en el marco de un intenso debate en Venezuela. Nos parece saludable presentar algunas de las voces que están a favor del instrumento legal.
“La Ley es un instrumento que asegura el respeto a las opiniones y voces de la mayoría, con lo cual se garantiza que, en el uso informativo de los medios de comunicación audiovisual, prevalezca la verdad y la ética. No se trata de que habrá un mecanismo de censura, todas las noticias se podrán difundir a cualquier hora, incluso si se trata de hechos violentos. Lo que se establece en esta Ley, y también en el Código de Ética del Periodista y otros Pactos Internacionales, es la difusión de informaciones manipuladas, la edición o el montaje de éstas con fines no periodísticos (...) “La Ley busca regular, a través del consenso público y privado, la programación de los medios de comunicación mediante bloques de contenido por horario de consumo monitoreados por los comités de usuarios, y con estos bloques de horarios, que contienen algunas restricciones, se busca ayudar a las madres y padres a proteger a sus niños, niñas y adolescentes, de contenidos que puedan influir en sus patrones de conducta, su educación, su formación o personalidad”. Andrés Izarra, Ministro de Comunicación e Información.
“Esta ley no es una mordaza, porque no plantea censura previa. Habla de responsabilidad ulterior y hace hincapié en lo que es la producción nacional independiente, la democratización de los medios y la participación ciudadana (…) Creo que estamos liberando la libertad de expresión que hasta ahora estaba restringida a un monopolio”. Alvin Lezama, Director General de CONATEL.
“No estoy 100 por ciento a favor de la ley, pero ésta tiene aspectos positivos, como el establecimiento de parámetros para dar cabida a la producción independiente y a la producción nacional (...) Resguarda los derechos de los niños y adolescentes y democratizará el espectro radioeléctrico nacional”. Vladimir Villegas, ex presidente del canal estatal Venezolana de Televisión.
Crítica internacional
El debate y aprobación de la ley fueron seguidos de cerca por varias instancias internacionales que resguardan el derecho a la libertad de expresión e información. Nos parece oportuno recoger algunas de esas posiciones:
La LRSRTV “mantiene limitaciones al contenido de los programas de radio y televisión, que, sumadas a los términos vagos usados en varias disposiciones, podrían traer aparejadas tanto restricciones indirectas a la libertad de expresión como la autocensura en los medios de comunicación (...) Además, continúa imponiendo los condicionamientos de veracidad y oportunidad de la información que pueden recibir las personas, lo cual ha sido reiteradamente criticado por esta Relatoría por contravenir el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos”. Relatoría para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos.
En la ley, “la utilización de términos vagos, sumada a la existencia de sanciones que podrían ser excesivas, puede causar un efecto amedrentador sobre los medios de comunicación y los periodistas, limitando el flujo de información sobre cuestiones de interés público (...) Resulta preocupante también que el proyecto aprobado crea un Directorio de Responsabilidad Social y un Consejo de Responsabilidad con facultades muy amplias. Tratándose de un Proyecto que impone numerosas sanciones, las atribuciones que se conceden a los órganos de control y sanción que están formados por mayoría estatal, pueden resentir el ejercicio de la libertad de expresión en Venezuela”. Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
"El principal problema de esa ley es su margen de interpretación. En la formulación actual prohíbe la difusión, entre las 05h00 y las 23h00, de imágenes cuya definición podría de hecho corresponder a las de un informativo televisado (...) Debido a que el control de la aplicación de la ley estará en manos de instituciones del Estado, o controladas por éste, que dispondrán de todo un arsenal de sanciones, incluyendo fuertes multas y la suspensión, o la retirada de la concesión, a los medios culpables. Un dispositivo así solo puede animar a los medios a autocensurarse en sus críticas al gobierno". Reporteros Sin Fronteras.
México: polémica por nueva Ley de Medios
La prensa mexicana, me temo, es menos una productora de conocimiento y conversación racional, que un megáfono del ruido público.
Enrique Krauze, historiador mexicano
Felipe Gaytán y Juliana Fregoso
Recordemos la paradoja de la comunidad de los mentirosos, cuando uno de sus miembros levanta la voz para señalar que todos mienten. ¿Dice la verdad o una mentira?
En esta paradoja irresuelta se encuentran los medios de comunicación en México. Se habla de ellos como los vehículos sobre los que se construye la democracia, generadores de temas en la opinión pública, divulgadores de la verdad sin cortapisas e instrumentos para la transparencia en el ejercicio de la política.
Paradójicamente, los mismos que describen todas estas virtudes -funcionarios, políticos, académicos y los propios periodistas-, señalan simultáneamente la perversidad de lo que alaban. Los medios son facciosos, porque distorsionan los hechos y favorecen a alguna de las partes en los conflictos. Difunden escándalos de corrupción y exhiben la frivolidad de los políticos – despilfarro de recursos, intimidades, etc.- como si fueran los medios los que fabricaran esos escándalos. Con simplicidad se les señala como un factor de desintegración familiar y social por el alto contenido de violencia, sexo e imágenes fuera de toda ética en su programación cotidiana. Son grandes negocios que deben ser acotados en nombre del interés público, sobre todo en el tema de la propaganda de campañas electorales en los que los partidos invierten más del 60 por ciento de sus recursos. (Dato del Informe sobre cuentas del proceso electoral de 2000 del
IFE)
Doble exigencia a los medios
Hoy, la gran paradoja de los medios es: se les exige ejercer la libertad plena de informar y simultáneamente someterse a controles éticos, jurídicos y políticos que finquen responsabilidad sobre el “mal manejo y excesos en el ejercicio periodístico”. Se pretende que sean los ciudadanos quienes señalen los excesos y serán ellos quienes tengan a su alcance recursos jurídicos para ejercer el derecho de veto. Con esto el problema es doblemente paradójico: se exige a los medios decir la verdad siempre y cuando no sea escandalosa, definición que no queda clara pues quién puede establecer si los juicios morales sobre los medios son moralmente aceptables ¿Cuáles son las reglas de conducta a las que se debe someter a los medios si los ciudadanos exigen una libertad plena: estar informados y elegir que escuchar o ver? No es ya una sociedad de principios políticos que deba acatarse, sino de una política de opciones de vida.
Este tema ha llevado a la discusión desde 2002 sobre una nueva ley de medios (Ley de Radio y Televisión) en la que se convocó a todos los sectores sociales para elaborar un marco jurídico ciudadanizado sobre las concesiones, sanciones, contenidos y distribución del tiempo aire a todos los integrantes del Estado Mexicano –congreso, tribunales, órganos descentralizados, partidos políticos, gobiernos locales y municipales, etc.- no solo al gobierno. Se acordó que para el mes de diciembre de 2004 se aprobaría el dictamen de la nueva ley con las propuestas de todos los sectores sociales que participaron en las mesas de diálogo. Sin embargo, distintos conflictos entre políticos, concesionarios de los medios y periodistas, obligaron a posponer el dictamen y abrir otra ronda de consulta entre marzo y febrero de 2005. Cuáles son estos conflictos. En los siguientes apartados abordaremos algunos de ellos.
Leteo, el contaminado río del olvido
Leteo es el nombre de un río que otorga el olvido a las almas de los muertos. Leteo es ese olvido de las discusiones anteriores al 2002 sobre la necesidad de un nuevo marco jurídico para una ley promulgada en 1960, modificada siempre en sus artículos transitorios y no en su cuerpo fundamental. Se han convocado a mesas de discusión para modificarla. Los años 1980, 1983 y 1995 fueron testigos de intentos de reformas. Ninguno de ellos fue retomado en la discusión del año 2002. Aún más, la Cámara de Diputados negó aprobar en diciembre de 2004 la propuesta emanada de las mesas de 2002 porque existen aún 18 iniciativas de nueva ley previas a ésta que nadie había contemplado. Este recurso de la memoria y el olvido es más un artificio legal para dilatar una reforma de fondo, debido a las presiones de los concesionarios, el gobierno federal y políticos, que bien están ligados a la industria o tienen en mente lograr favores de los empresarios en un año pre-electoral decisivo.
Publicidad y concesiones
El monopolio de la publicidad, mercado en el que la televisión recibe el 80 por ciento de los ingresos, es uno de los puntos centrales en el estira y afloja.
La resistencia de los empresarios y el gobierno federal responde a una relación añeja tejida en el régimen en el que el PRI era Partido dominante en el escenario político. Por un lado, los empresarios aceptaron una red de complicidades con el gobierno mexicano al ser este último el que otorgaba o cancelaba las concesiones con un amplio margen discrecional. Este arreglo permitía poseer el control de un mercado, evitando la competencia al negociar que no se emitieran nuevas concesiones. No resulta extraño que dos empresas (Televisa y TvAzteca) controlen el 80 por ciento de la programación de televisión abierta en el país, y 16 grupos radiofónicos sean dueños del 80 por ciento de las estaciones escuchadas por más de 100 millones de mexicanos. La nueva Ley contemplaba crear un órgano ciudadanizado, autónomo del Estado y con reglas claras para las concesiones reduciendo el permiso de 30 a 10 años, y un marco estricto de sanciones a aquellos concesionarios que violaran la ley. Los concesionarios boicotearon los trabajos al no asistir a los debates en el congreso, bajo el argumento de desconocer lo que ellos mismos habían aprobado anteriormente.
Por otro lado, el gobierno federal no quiere soltar la potestad que mantiene sobre los empresarios, poder manifestado en la discrecionalidad de retirar o refrendar la concesión. Otro aspecto es la exclusividad del gobierno sobre el uso del tiempo oficial que le confiere la ley. De aceptar las modificaciones tendría que compartir los espacios con el resto del Estado mexicano, reduciendo el impacto de sus programas a través de ese tiempo en medios, o en caso contrario, tendría que comprarlo como tiempo comercial. El gobierno mexicano emitió un nuevo reglamento en 2004 para la Ley de Medios vigente desde 1960, dejando de lado la propuesta integral que él mismo había convocado en 2002.
Pero los legisladores tampoco escapan al juego de intereses. Próximas las elecciones en las que muchos de ellos serán candidatos en sus partidos, buscan acomodar la ley de tal manera que se regule el costo de las campañas electorales en los medios a una tasa preferencial, y en el mejor de los casos establecer tiempo gratuito para las campañas
La idea original contenida en la ley no aprobada fue tergiversada. Para evitar el cobro discrecional y/o elevado de las empresas a los partidos políticos, la ley contempló que los tiempos ya no fueran contratados directamente por los partidos, sino que fuera el IFE el que negociara tarifas preferenciales para todos los partidos, además de buscar una distribución equitativa del tiempo entre todos los partidos contendientes, evitando preferencias o bloqueos de empresas a algunos institutos políticos por afinidades o diferencias. Los partidos sugieren tiempo gratuito, pero no están de acuerdo con el reparto equitativo del tiempo, pues argumentan que la medida no valora en su justa dimensión la importancia de los grandes partidos nacionales frente a los pequeños institutos políticos emergentes.
La aprobación se pospuso para febrero y marzo. Se abrirán nuevas consultas, dejando atrás, en el Leteo, mucho de lo avanzado ya entre 2002 y 2004.
Lo ético del debate sobre el código de ética
Otro aspecto controversial es la regulación de los contenidos en la programación y la transmisión de información sobre escándalos o sucesos extremos, tal y como ocurrió en el caso de la transmisión en vivo y en cadena nacional del linchamiento de tres agentes federales en la Ciudad de México, lo que desató toda una crisis política entre el gobierno federal y el gobierno local del Distrito Federal. La ley contemplaba que el Consejo Ciudadano vigilará los contenidos, además de establecer en el artículo quinto que los prestadores del servicio informativo deberán informar de manera objetiva, plural, completa, veraz y oportuna. Se ha discutido bastante sobre la elaboración de un código de ética para los medios, teniendo en cuenta los últimos escándalos políticos protagonizados por políticos y artistas en la pantalla o en los micrófonos de las más importantes estaciones del país.
Cabe aquí anotar dos observaciones. Decir que la obligación del medio es informar con veracidad, objetividad y pluralidad es bastante laxo. Qué se entiende por cada uno de ellos. O mejor dicho, cómo se entiende cada uno de estos postulados. Además, el Consejo Ciudadano no sería un ente por encima de la sociedad, pertenecería a ella y por tanto es parte de las disputas, fobias y preferencias. Es lo que señalábamos sobre si los juicios morales son moralmente aceptables.
Junto a esto aparece un contrasentido: se pide informar con la verdad pero sin dañar a terceros. El código de ética, planteado de esta manera, evita la simulación pero da paso a un acto no ético como es la disimulación. La simulación es mentir, la disimulación es no decir la verdad, pero tampoco mentiras. La disimulación sería en este caso un acto no ético para hacer posible que funcione el código de ética al evitar el escándalo, y también el no informar todo lo que se sabe sobre el tema.
La Sociedad Interamericana de Prensa señaló con claridad esta contradicción al criticar, primero, los riesgos de la censura por las facultades discrecionales que el Consejo tendría al establecer como aforismos los términos objetivo, veraz y plural en la información. Qué es cada uno de ellos, qué tanta objetividad debe contener lo objetivo. Segundo, afectando la labor de noticieros en la investigación de temas políticos sensibles.
Algunos medios cuentan con sus propios códigos de ética, pero más que atacar los puntos centrales sobre el quehacer periodístico, son un manual sobre cómo debe vestirse el reportero y el tope en los precios de los regalos que puede recibir de parte de funcionarios o empresarios.
De la reforma estructural a cambios administrativos
Tantas objeciones se han vertido, demasiadas presiones de grupos de interés y el retraso de su presentación en la Cámara por los tiempos políticos electorales que corren ya, no dejan lugar a dudas que la nueva ley está destinada, en uno de los más probables escenarios, a postergarse para las siguientes legislaturas, o en el mejor de los casos, a aprobarse con recortes de tal magnitud que desdibujarían la idea de un cambio de fondo en el tema de los medios. Parece que será esta última posibilidad la que prevalecerá en las discusiones en el Congreso. Así lo han mencionado los responsables de las comisiones que revisan el proyecto de Ley. El Consejo Ciudadano que regularía la relación entre medios, Estado y sociedad, con autonomía plena, se modificará para ser un organismo desconcentrado, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y de la Presidencia de la República. El otorgamiento de concesiones y sanciones seguirá bajo los criterios discrecionales del gobierno federal. La discusión de los temas del tiempo para campañas políticas será tema de reforma en el Código Federal de Procedimientos Electorales y no de esta ley. La pretensión de regular contenidos desaparece del proyecto.
Al final quedará la transformación jurídica de la relación de los medios con el Estado y la sociedad, quedará en una modificación de carácter administrativo que no cambia lo sustancial de la ley de 1960. En contraste, el debate de la reforma en los medios ha entrado en un circulo vicioso donde los políticos no asumen propuestas claras, y en cambio, remiten sus opiniones a la crítica de otras opiniones, a su vez, si los criticados son simples políticos tampoco tienen opiniones propias y sí muchas críticas a otras opiniones. El político parece querer lo que otros quieren, porque él piensa que ellos quieren, y porque se orienta según aquellos que por sí mismos no saben lo que quieren, porque todos opinan lo que los otros quieren.
Conclusión
Por lo analizado hasta aquí, podemos aventurar que la Ley de Medios, disminuida y recortada, no ayudará a resolver la complejidad que los medios y la sociedad tienen que enfrentar. Será recurrente escuchar, leer y observar cómo todos los involucrados sustentan la necesidad de una reforma sobre los medios como fines de interés general, cuando en realidad esos mismos no son fines de interés público, sino espacios que tienen la función de hacer público todos los intereses de la sociedad, por muy divergentes que éstos sean. Los medios no son esencia del interés público, sino un espacio en los que se representan públicamente todos los intereses particulares de la sociedad.
Otros casos por países
En Ecuador
En Ecuador, una iniciativa legal reciente del gobierno del Presidente Lucio Gutiérrez busca crear un comité de contenidos, que se encargaría de revisar los contenidos que se difundan o publiquen en los medios de comunicación, conociendo de oficio o a petición de parte o denuncia de cualquier persona, todos los temas relacionados con la publicidad, programación, horarios y, en general, con la información vertida en los medios. Las sanciones se equipararían a las que se imponen por incumplimiento de la ley a las empresas que dan servicio telefónico, en un monto entre un mil y 500 mil dólares.
El proyecto, además, entregaría al denominado Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) -en el que no tendrían representación los medios de comunicación- el manejo total del espectro radioeléctrico y de frecuencias de radio y televisión, extinguiendo la Secretaria Nacional de Telecomunicaciones (SENATEL) y el Consejo Nacional de Radio y Televisión (CONARTEL) en que participan la Asociación Ecuatoriana de Radiodifusión (AER) y la Asociación Ecuatoriana de Canales de Televisión (AECTV) y manteniendo a la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUPTEL) como entidad de control.
Tanto la AER como la AECTV y la Unión Nacional de Periodistas de Ecuador (UNP) expresaron su rechazo al proyecto por considerarlo que atenta contra la libertad de expresión y de opinión, que constituyen derecho universal y constitucionalmente consagrado en el Ecuador.
En los Estados Unidos
En el Congreso estadounidense se tramita el proyecto H.R. 310, titulado Broadcast Decency Enforcement Act of 2005, que, básicamente, incrementa las multas por violación de prohibiciones contra la transmisión de material obsceno o indecente por radio o televisión.
El proyecto se originó en la Cámara de Representantes, donde fue aprobado el 16 de febrero por una mayoría de 389 votos contra 38 y seis abstenciones. Cuenta con el soporte de diputados de los dos partidos, tanto demócratas como republicanos.
Siguiendo el procedimiento de promulgación de leyes en los Estados Unidos, el proyecto pasó el mismo día al Senado, para votar su aprobación que, de ocurrir, pasará a la Casa Blanca para la firma o veto del Presidente George W. Bush. Si la firma, se convertirá en ley.
Nuestra corresponsal en Nueva York, Maria Helena Barrera-Agarwal, nos comentó: en vista del apoyo que se le ha brindado en la Cámara de Representantes es muy posible que el Senado aprobará el proyecto. La Oficina Ejecutiva del Presidente Bush, en un comunicado de prensa, anticipó que el proyecto cuenta con el apoyo del Presidente, así que su firma parece también segura.
En España
El 21 de octubre, la cadena pública RTVE aprobó un borrador para un código contra la denominada telebasura. El código busca la protección del público infantil e integra 30 normas entre las que destacan rubros como: clasificación por edades, dignidad a las personas, violencia, sexo, horario protegido, drogas, lenguaje y publicidad.
Para RTVE quedan prohibidos los programas que incluyan explícitamente representaciones violentas y de contenido sexual.
El 27 de octubre, los responsables de las cadenas de televisión y el Ejecutivo alcanzaron un acuerdo marco para poner coto a la telebasura en el horario reservado para los menores de edad, que abarca desde las 06h00 hasta las 22h00. Dentro de este horario se comprometieron a extremar las precauciones, especialmente entre las 17h00 y las 20h00 horas, para preservar a los niños de imágenes violentas o que contengan sexo explícito. El pacto de autorregulación, que entrará en vigor en marzo de 2005, incluye la elaboración de un código de corregulación que establezca de manera clara, y comúnmente aceptadas, las pautas mínimas que deberán regir la programación de las distintas emisoras. El código nace con el compromiso de que no podrá ser vulnerado por nadie. En caso contrario, el Gobierno intervendrá con sanciones.


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